Hitos de Cumplimiento Normativo y Regulatorio Proyecto Inmobiliario Bosque Ladera

USO MULTIPLE S.A.S. para el desarrollo del Proyecto Inmobiliario BOSQUE LADERA ha realizado las actuaciones y trámites legales necesarios para su ejecución. A continuación, los trámites realizados a la fecha:

Concepto Geotécnico

 a) El 20 de junio de 2017, se solicitó a la Secretaria de Agricultura Ambiente y Tierras de Fusagasugá concepto geotécnico del predio identificado con matrícula inmobiliaria No 157-118462 y cedula catastral 010015240073000, localizado en la diagonal 2C bis No 23-68, de la ciudad de Fusagasugá, Cundinamarca.

b) Como respuesta, el 4 de julio de 2017, esta secretaria expidió certificación indicando que el predio se encuentra en zona de amenaza media y una pequeña franja en el límite occidental en zona de amenaza alta.

 Licencia de Urbanismo

a) El 24 de agosto de 2018, se radicó formulario de solicitud de licencia de urbanismo, del predio identificado con cedula catastral No 010015240073000, del municipio de Fusagasugá, Cundinamarca, cumpliendo con la normatividad vigente, esto es, el Acuerdo 29 de 2001.

b) Solo hasta el 16 de noviembre de 2019, habiéndose cumplido cincuenta y siete (57) días hábiles de la radicación de la licencia y superando en doce días el vencimiento de los términos legales para dar respuesta, la Secretaria de Planeación de Fusagasugá, expidió acta de observaciones y correcciones.

c) El 20 de diciembre la secretaria de planeación suspendió términos para los trámites a su cargo, entre el 20 de diciembre de 2018 y el 15 de enero del 2019.

d) El 26 de diciembre de 2018, se solicitó prórroga de la entrega de los requerimientos del acta de observaciones. e) El 4 de febrero de 2019, USO MULTIPLE SAS presentó y radicó las correcciones solicitadas en el acta de observaciones suscrita por la Secretaria de Planeación.

f) El 1 de marzo de 2019, la Secretaria de Planeación nos indicó que el municipio había realizado un nuevo estudio de riesgos y amenazas para el nuevo plan de ordenamiento territorial y que ahora teníamos que cumplir con él, y solicitarle a la Corporación Autónoma Regional De Cundinamarca – CAR, incorporar el estudio de detalle del predio al estudio del municipio. Adicional, que una vez radicáramos le dejáramos copia y que solicitáramos suspensión del proceso para darle tiempo al proceso de incorporación.

g) En reunión posterior con la Secretaria de Planeación, USO MULTIPLE exhibió respuesta a un derecho de petición presentado a la CAR en el que se informó que el estudio nuevo de amenazas y riesgos del municipio no cobijaba el Proyecto Inmobiliario Bosque Ladera dado que el estudio es posterior a la radicación de la solicitud dela licencia de urbanismo.

A lo manifestado por la CAR, la Secretaria de Planeación, señaló que el estudio de riesgos y amenazas del municipio había sido aprobado y que el municipio lo había adoptado como política pública por lo tanto este debería ser cumplió a partir de la fecha.

Ante tantas los conceptos opuestos de la CAR y la Secretaria de Planeación y la falta de seguridad jurídica en el tema, USO MULTIPLE radicó un nuevo derecho de petición ante la CAR Cundinamarca, para obtener información del nuevo estudio de riesgos y amenazas del municipio. El 8 de abril, esta entidad contestó:

«(…) que La Administración Municipal de Fusagasugá, en el proceso de actualización del Plan de Ordenamiento Territorial, deberá presentar a la Corporación incorporados los estudios básicos de riesgo. Sin embargo, a la fecha solo se ha recibido el documento para conocimiento a través de asistencia técnica municipal y el proceso de concertación aún no ha iniciado” y que  “Los estudios de amenaza vulnerabilidad y riesgo son insumos para que el municipio elabore el Estudio Básico de Riesgo, el cual al ser incorporado en el documento de ordenamiento como lo ordena Ministerio de Vivienda ciudad y territorio en el Decreto 1807de 2014, y entrará en vigencia una vez sea aprobado el Plan de Ordenamiento Territorial mediante acuerdo por parte del Concejo Municipal o mediante Decreto expedido por la Administración Municipal.

h) Pasados 38 días hábiles, después de la radicación de las correcciones al acta de observaciones y con la incertidumbre del proceso de la licencia de urbanismo, originada por la calificación del estudio geotécnico, (entendiendo que este proceso lo tienen que llevar la alcaldía y que no deberíamos acogernos el nuevo estudio de amenazas y riesgos elaborado por el municipio para la adopción del nuevo plan de ordenamiento territorial de Fusagasugá), el 1 de abril de 2019, se dio cumplimiento a la petición verbal del Secretario de Planeación del Municipio de solicitar la incorporación del estudio de tallado de amenazas y riesgos del predio al estudio de amenazas y riesgos del municipio. Así, se radicó otro derecho de petición a la CAR, solicitando la incorporación del estudio de detalle de riesgos y amenazas del predio, como nos habían indicado en la Secretaria de Planeación de Fusagasugá.

i) Trascurridos más 50 días hábiles y por solicitud verbal de funcionarios de la Secretaria de Planeación de Fusagasugá, USO MULTIPLE S.A.S. el 24 de abril de 2019 se solicitó suspensión del proceso de licenciamiento.

j) El 2 de mayo de 2019, la CAR contestó que ya había corrido traslado al municipio que era el competente para realizar la incorporación y que había quedado publicado en la página de la CAR el estudio. Así pues, el 3 de mayo de 2019, junto con la respuesta de la CAR, se presentó derecho de petición a la alcaldía del Municipio de Fusagasugá, solicitando la incorporación.

k) El 10 de mayo de 2019, la alcaldía de Fusagasugá, respondió que había corrido traslado a la Secretaria de Planeación.

l) Habiéndose vencido todos los términos el 5 de agosto de 2019, decidimos protocolizar un silencio administrativo positivo de la licencia de urbanismo, dada la inactividad y respuesta de la Secretaria de Planeación del Municipio de Fusagasugá para la concesión de la licencia de urbanismo solicitada.

m) El 20 de septiembre de 2019, USO MULTIPLE solicitó reunión a la Secretaria de Planeación, previo a notificar a la Alcaldía el silencio administrativo, obteniendo como respuesta que procederían a revisar el proceso. Posterior a esta reunión, el 3 de octubre de la misma anualidad, dicha Secretaria citó a USO MULTIPLE e informó que el proyecto fue desistido.

n) Ante la anterior arbitrariedad, USO MULTIPLE procedió a reponer la medida, ante lo cual la Secretaria de Planeación reabrió el proceso para la expedición de la licencia y, el 22 de diciembre una vez valorados los documentos aportados por la sociedad, aprobó los estudios arquitectónicos, de ingeniería y jurídicos y consecuentemente procede a realizar la liquidación, para el pago dinerario a realizar para obtener la licencia.

o) El 8 de mayo de 2020, pasados más de cuatro meses, la Secretaria de Planeación de Fusagasugá, finalmente expide la liquidación de la licencia de urbanismo, la cual fue pagada el 11 de junio del mismo año.

p) El 19 de junio, USO MULTIPLE inició obras en el predio del proyecto, después de esperar los cinco días hábiles que tiene la entidad para expedir la licencia después del pago.

q) EL 1 de julio de 2020, posterior a una diligencia administrativa realizada por la Alcaldía Municipal al predio de USO MULTIPLE, se nos informó que se había cometido un error y la liquidación del proceso de la licencia de urbanismo estaba mal que teníamos que hacer un nuevo pago adicional.

r) El 29 de octubre nos notifican de la resolución de la licencia de urbanismo, la cual fue expedida con fecha del 19 de junio.

 Factibilidad de Servicios Públicos

a) El 3 de septiembre de 2018, USO MULTIPLE solicitó a la Empresa de Servicios Públicos de Fusagasugá – EMSERFUSA, actualización de la factibilidad de servicios públicos del predio.

El 8 de febrero de 2019, EMSERFUSA emitió respuesta la solicitud de servicios públicos, informando que previo a la aprobación solicitaron concepto geológico a la Secretaria de Agricultura Ambiente y tierras de Fusagasugá.

b) El 22 de marzo de 2019 se presentó derecho de petición a EMSERFUSA exigiendo la disponibilidad de servicios públicos. De dicha petición se remitió copia a la Superintendencia de Servicios Públicos, son los debidos soportes jurídicos.

c) El primero de abril de 2019, después de más de seis meses, EMSERFUSA nos notifica de la factibilidad de servicios públicos, con oficio de fecha 15 de marzo de 2019.

 Actuaciones ante la CAR CUNDINAMARCA

a) El 15 de abril de 2020, USO MULTIPLE S.A.S. radicó ante la CAR CUNDINAMARCA la solicitud de aprovechamiento forestal.

b) El 30 de junio se radican permiso de ocupación de cause para paso elevado a CAR y auto 19 de agosto link CAR https://sidcar.car.gov.co/Modulos/Buzon/ConsultaPublica.aspx

c) El 30 de junio se radica permiso ocupación de cause playas y lechos link CAR https://sidcar.car.gov.co/Modulos/Buzon/ConsultaPublica.aspx

d) El 1 de julio a las 9 a.m., se tenía prevista visita de la CAR, para avanzar con la solicitud de aprovechamiento forestal, la cual fue suspendida y aplazada en consideración de la Pandemia de COVID, sustento que aunque puede sonar valido, no es congruente con las actuaciones realizadas por la CAR , en una diligencia administrativa realizada 4 días antes, en día sábado, en toque de queda en el municipio y ante la incursión en diversas irregularidades de su práctica.

 

Actuaciones irregulares de la CAR y la Secretaria de Planeación de Fusagasugá

a) El sábado 27 de junio de 2020, en plena pandemia de COVID 19, y en toque de queda en el municipio de Fusagasugá, la CAR realizó una diligencia administrativa en compañía de funcionarios y contratistas de la Alcaldía de Fusagasugá, la cual además de realizarse en las condiciones mencionadas, no cumplió con los presupuestos y requisitos legales para su práctica. Es así, como se accedió al predio del terreno donde se desarrolla el Proyecto Inmobiliario Bosque Ladera, sin aviso o autorización alguna, ingresando de manera irregular al terreno por un predio vecino y manipulando la cerca divisoria, con el argumento que se estaba construyendo en la ronda del rio, cuando el lote tiene una extensión de más de veinte mil metros cuadrados, después de la mencionada ronda. En dicha diligencia no se respetaron los protocolos COVID que se encontraban en la puerta de acceso del predio.

El 1 de julio de 2020, en horas de la mañana se realizó una visita con diferentes secretarias de la administración municipal, donde se verifico la distancia de la ronda del rio y se dejó constancia, que se estaba cumpliendo.

No obstante, la CAR inició proceso administrativo sancionatorio, para verificar si BOSQUE LADERA incurrió en vulneración alguna que afecte la ronda del río, proceso que se encuentra en etapa probatoria.

Ahora bien, como compromiso de la reunión realizada por Secretarias de la Alcaldía Municipal, se agendó una reunión en la Alcaldía Municipal con personal de la Secretaria de Planeación, la cual informó que se había cometido un error y la liquidación del proceso de la licencia de urbanismo por lo que se debía realizar un nuevo pago adicional. El 2 de julio de 2020, la Secretaria de Planeación expidió una segunda liquidación, la cual es pagada el día siguiente, 3 de julio de 2020.

b) Para el 1 de Julio de 2020 USO MULTIPLE también esperaba la asistencia de la CAR en el predio para los trámites pertinentes a la solicitud de aprovechamiento forestal, pero recibió llamada telefónica en la que personal de la CAR, informó que la visita que realizaría ese día a las 9:00 a.m. había sido cancelada en consideración de la PANDEMIA COVID, hecho incongruente con la visita realizada 4 días antes en sábado, y en pleno toque de queda, lo que implicaba que no había personal responsable de la empresa para atender la irregular visita realizada.

c) El 12 de noviembre de 2020 en debate control político, por parte del Consejo Municipal del Fusagasugá, la Secretaria de Planeación de Fusagasugá informó que el Proyecto Bosque Ladera cumple con los requerimientos urbanísticos para su desarrollo. Este hecho es corroborable en el video del debate.

Nota: Si deseas más información por favor solicitarla al correo info@bosqueladera.com

Transparencia
Bosque Ladera

• Estricto Cumplimiento a la Normativa Colombiana

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